¿Tengo derecho a pensión si no estábamos casados? Esta es una pregunta que escucho con frecuencia en mi despacho de Leganés. Entiendo perfectamente tu preocupación; las relaciones terminan, pero las necesidades económicas continúan. Muchas parejas conviven durante años sin formalizar su unión mediante matrimonio, y cuando la relación finaliza, surgen dudas sobre los derechos económicos que pudieran corresponderles. En este artículo, te explicaré detalladamente qué opciones tienes si te encuentras en esta situación y cómo la ley española contempla estos casos.
¿Existe derecho a pensión compensatoria en parejas no casadas?
La respuesta corta es: no existe pensión compensatoria para parejas que no han contraído matrimonio. En el ordenamiento jurídico español, la pensión compensatoria está regulada en el artículo 97 del Código Civil y está diseñada específicamente para compensar el desequilibrio económico que puede producirse tras un divorcio o separación matrimonial.
En mi experiencia como abogado especializado en derecho de familia en Leganés, he visto muchos casos donde la sorpresa es mayúscula cuando explico esta realidad. La convivencia, por muy larga que haya sido, no genera por sí misma derechos a pensiones compensatorias similares a las matrimoniales.
Parejas de hecho: ¿cambia la situación respecto a las pensiones?
Las parejas de hecho registradas tienen un reconocimiento legal que les otorga ciertos derechos, pero no equiparables al matrimonio en materia de pensiones compensatorias. Sin embargo, es importante distinguir:
- Si estáis inscritos como pareja de hecho en el registro correspondiente
- Si habéis firmado algún pacto de convivencia
- La comunidad autónoma donde residís, ya que la legislación varía
En la Comunidad de Madrid, donde se encuentra Leganés, la regulación de las parejas de hecho no contempla una pensión compensatoria automática tras la ruptura. No obstante, algunos acuerdos privados establecidos durante la convivencia podrían ser válidos si cumplen con los requisitos legales.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre las compensaciones en parejas no casadas?
El Tribunal Supremo ha establecido en numerosas sentencias, como la STS 584/2018 de 17 de octubre, que no existe un régimen económico matrimonial en las parejas no casadas. Sin embargo, ha reconocido que pueden existir derechos basados en otros principios jurídicos:
- Enriquecimiento injusto: cuando una parte se ha beneficiado económicamente a costa de la otra
- Comunidad de bienes tácita: cuando ambos miembros han contribuido a la formación de un patrimonio común
- Compensación por trabajo doméstico: en determinadas circunstancias
¿Puedo reclamar algún tipo de compensación económica si no estábamos casados?
Aunque no exista derecho a pensión compensatoria propiamente dicha, existen otras vías para reclamar compensaciones económicas:
Indemnización por enriquecimiento injusto
Si durante la convivencia has contribuido significativamente al incremento patrimonial de tu pareja, podrías tener derecho a una compensación. Por ejemplo, si has trabajado en el negocio familiar sin recibir remuneración adecuada, o si has financiado la adquisición de bienes que figuran a nombre de tu ex pareja.
Como señaló el Tribunal Supremo en su sentencia 308/2020 de 11 de junio, «la convivencia more uxorio no genera por sí misma derecho a pensión, pero no impide la aplicación de otros principios generales del derecho para evitar situaciones de injusticia».
Pactos de convivencia previos
Si firmasteis un documento estableciendo las consecuencias económicas de una posible ruptura, este podría ser válido y exigible. Aquí viene lo que nadie te cuenta: estos pactos son cada vez más comunes y los tribunales tienden a respetarlos siempre que no sean contrarios a la ley, la moral o el orden público.
¿Qué ocurre con la pensión de alimentos para hijos comunes?
Es fundamental distinguir entre la pensión compensatoria (entre cónyuges) y la pensión de alimentos para los hijos. En este último caso, no importa si los progenitores estaban casados o no:
- Los hijos tienen exactamente los mismos derechos independientemente del vínculo legal entre sus padres
- La obligación de prestar alimentos a los hijos es ineludible y está regulada en los artículos 142 y siguientes del Código Civil
- La cuantía se establecerá en función de las necesidades de los hijos y las posibilidades económicas de los progenitores
En mi experiencia gestionando casos de familia en Leganés, siempre recomiendo centrarse primero en garantizar el bienestar de los hijos, estableciendo un régimen de visitas adecuado y una pensión de alimentos justa.
¿Cómo proteger mis derechos económicos en una relación sin matrimonio?
Si estás conviviendo con tu pareja sin estar casado, existen formas de proteger tus intereses económicos:
- Pactos de convivencia: establecer por escrito las condiciones económicas durante y después de la relación
- Titularidad compartida: adquirir los bienes importantes a nombre de ambos
- Documentar aportaciones: guardar pruebas de las contribuciones económicas realizadas
- Constituirse como pareja de hecho: ofrece algunas protecciones legales adicionales
Veamos por qué este detalle marca la diferencia: muchas personas en Leganés me consultan cuando la relación ya ha terminado, momento en que resulta mucho más difícil probar las aportaciones realizadas durante años de convivencia.
Preguntas frecuentes sobre pensiones en parejas no casadas
¿Puedo solicitar una pensión si he dedicado años al cuidado de la familia sin trabajar?
Si no estabais casados, no existe un derecho automático a una pensión compensatoria. Sin embargo, podrías reclamar una compensación basada en el enriquecimiento injusto si puedes demostrar que tu dedicación exclusiva al hogar permitió a tu pareja desarrollar su carrera profesional o incrementar su patrimonio. Cada caso es único y requiere un análisis detallado de las circunstancias particulares.
¿Tengo derecho a seguir viviendo en la casa común tras la ruptura?
Los derechos sobre la vivienda dependen de la titularidad del inmueble. Si la casa está a nombre de ambos, tendrás los derechos que corresponden a cualquier copropietario. Si está solo a nombre de tu ex pareja, no tienes derecho automático a permanecer en ella, salvo que exista un pacto previo o se te atribuya su uso por tener la custodia de hijos comunes menores de edad.
¿Cambia mi situación si convivimos más de cinco años?
En España, a diferencia de otros países, no existe la figura del «matrimonio de hecho» por el mero transcurso del tiempo. La duración de la convivencia puede ser relevante para determinar la existencia de una comunidad de bienes tácita, pero no genera automáticamente derechos a pensiones compensatorias similares a las matrimoniales.
Conclusión: protege tus derechos antes y después de la convivencia
Si te preguntas si tienes derecho a pensión sin haber estado casado, la respuesta legal es que no existe un derecho automático a pensión compensatoria. Sin embargo, esto no significa que estés completamente desprotegido tras la ruptura de una convivencia de hecho.
Lo más recomendable es anticiparse a los problemas mediante acuerdos claros durante la convivencia. Si ya estás en proceso de ruptura, un abogado especializado en derecho de familia podrá analizar tu caso concreto y determinar si existen bases para reclamar algún tipo de compensación económica.
Si necesitas orientación sobre tu situación particular en Leganés, no dudes en contactar con un profesional que pueda estudiar las particularidades de tu caso y ayudarte a proteger tus derechos e intereses de la mejor manera posible.