Cuando una pareja con hijos decide separarse, una de las preguntas más angustiantes es ¿quién se queda con la vivienda familiar cuando hay hijos? Esta duda surge en casi todas las consultas que recibo en mi despacho de Leganés. Entiendo perfectamente la preocupación que sientes: no solo estás atravesando un momento emocionalmente difícil, sino que también te enfrentas a decisiones que afectarán directamente a tus hijos y a tu estabilidad económica. En este artículo te explicaré con claridad cómo se determina la atribución de la vivienda familiar cuando hay menores involucrados y qué opciones tienes a tu disposición.
Criterios legales para la asignación de la vivienda familiar con hijos menores
El Código Civil español establece en su artículo 96 que, en ausencia de acuerdo entre los cónyuges, el uso de la vivienda familiar corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden. Este principio busca proteger el interés superior del menor, garantizando que mantengan su entorno habitual durante la ruptura.
En mi experiencia como abogado de familia en Leganés, he observado que los jueces priorizan siempre el bienestar de los menores por encima de los intereses económicos de los padres. La vivienda no se adjudica a uno u otro progenitor como «premio» o «castigo», sino como una medida de protección para los hijos.
La custodia como factor determinante
El régimen de custodia establecido suele ser el factor más influyente para determinar quién permanecerá en el domicilio familiar tras la separación:
- En casos de custodia exclusiva: generalmente, el uso de la vivienda se atribuye al progenitor custodio junto con los hijos.
- En custodia compartida: el panorama es más complejo y los tribunales valoran diversos factores adicionales.
¿Cómo afecta la custodia compartida a la atribución de la vivienda familiar?
La custodia compartida ha transformado significativamente los criterios para decidir quién conserva el uso del hogar familiar cuando hay hijos. El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 593/2014 de 24 de octubre, ha establecido que en estos casos no se aplica automáticamente el artículo 96 del Código Civil.
Aquí es donde entran en juego otros criterios como:
- El interés más necesitado de protección
- La titularidad de la vivienda
- Las posibilidades económicas de cada progenitor
- La existencia de otras viviendas disponibles
Cuando alguien llega a mi despacho en Leganés preguntando sobre quién se quedará con la vivienda familiar habiendo hijos en común, siempre analizo detalladamente su situación particular, pues cada caso presenta matices únicos que pueden inclinar la balanza.
Soluciones alternativas para la vivienda en custodia compartida
Los tribunales están adoptando soluciones innovadoras como:
- Casa nido: los hijos permanecen en la vivienda y son los padres quienes rotan.
- Atribución temporal: se limita el tiempo de uso de la vivienda hasta que los hijos alcancen independencia económica.
- Venta del inmueble: cuando existen recursos para garantizar las necesidades habitacionales de los menores de otra forma.
La importancia del acuerdo entre progenitores sobre la vivienda familiar
Veamos por qué este detalle marca la diferencia… Llegar a un acuerdo sobre quién ocupará la vivienda cuando existen hijos siempre es preferible a dejar la decisión en manos de un juez. El convenio regulador permite establecer soluciones personalizadas que se adapten mejor a las circunstancias particulares de cada familia.
Desde mi experiencia en casos de atribución de vivienda familiar con hijos en Leganés, siempre recomiendo explorar vías de mediación antes de iniciar un procedimiento contencioso. Un acuerdo consensuado suele generar menos conflictos futuros y permite soluciones más creativas que las que un juez podría imponer.
Limitaciones temporales en el uso de la vivienda familiar
Aquí viene lo que nadie te cuenta… La jurisprudencia reciente ha evolucionado hacia la temporalidad en la atribución del uso de la vivienda. El Tribunal Supremo ha establecido en numerosas sentencias (como la STS 59/2019 de 29 de enero) que el uso de la vivienda familiar puede limitarse temporalmente, incluso cuando hay hijos menores.
Esta limitación suele vincularse a:
- La mayoría de edad de los hijos
- Su independencia económica
- Un plazo prudencial para que el cónyuge beneficiario pueda reorganizar su situación económica
El caso de las viviendas privativas
Cuando la vivienda es propiedad exclusiva de uno de los cónyuges, la tendencia judicial es establecer limitaciones temporales más estrictas para proteger el derecho de propiedad, siempre garantizando que los menores tengan cubiertas sus necesidades habitacionales.
Aspectos económicos vinculados a la atribución de la vivienda
La decisión sobre quién permanece en el hogar familiar cuando hay hijos tiene importantes implicaciones económicas que deben considerarse:
- Gastos hipotecarios: ¿quién los asume?
- Compensación económica al cónyuge que abandona la vivienda
- Impacto en la pensión de alimentos
- Gastos de mantenimiento y comunidad
Como abogado que ha gestionado decenas de divorcios en Leganés, considero fundamental realizar un análisis económico completo antes de tomar decisiones sobre la vivienda, pues lo que parece ventajoso a corto plazo puede resultar insostenible con el tiempo.
Preguntas frecuentes sobre la vivienda familiar en caso de divorcio con hijos
¿Puede el propietario de la vivienda perder su uso si no tiene la custodia?
Sí. El derecho de propiedad queda subordinado al interés superior del menor. El propietario mantiene la titularidad del inmueble pero puede verse privado temporalmente de su uso si el otro progenitor obtiene la custodia de los hijos. No obstante, los tribunales tienden a establecer limitaciones temporales para equilibrar ambos derechos.
¿Qué ocurre con la vivienda familiar cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad?
La mayoría de edad no extingue automáticamente el derecho de uso, especialmente si los hijos siguen siendo económicamente dependientes. Sin embargo, es un momento en que puede solicitarse la modificación de medidas para revisar la atribución del uso. La tendencia judicial actual es considerar que, salvo circunstancias excepcionales, la protección del artículo 96 del Código Civil debe cesar cuando los hijos son mayores de edad.
¿Se puede vender la vivienda familiar durante el proceso de divorcio?
La venta requiere el consentimiento de ambos cónyuges, independientemente de quién sea el propietario, si existe un procedimiento de divorcio en curso. Si la vivienda es ganancial, será necesario liquidar previamente la sociedad de gananciales. En cualquier caso, si hay hijos menores, el juez deberá autorizar la venta verificando que quedan garantizadas sus necesidades habitacionales.
Conclusión: protegiendo el hogar de los menores en la separación
La cuestión de quién se queda con la vivienda familiar cuando hay hijos no tiene una respuesta única. La legislación y jurisprudencia actuales buscan un equilibrio entre el interés superior del menor y los derechos económicos de ambos progenitores, con una tendencia creciente hacia soluciones temporales y flexibles.
Si estás atravesando un proceso de separación o divorcio en Leganés y tienes dudas sobre cómo afectará a tu vivienda familiar, recuerda que cada caso es único. Te recomiendo buscar asesoramiento legal especializado que analice tu situación particular y te ayude a encontrar la mejor solución para ti y tus hijos. Mi experiencia me ha enseñado que, con la orientación adecuada, es posible llegar a acuerdos que protejan tanto el bienestar emocional de los menores como la estabilidad económica de ambos progenitores.