¿Qué sucede con custodia si un progenitor tiene adicciones?

Las adicciones pueden convertirse en un verdadero terremoto familiar, especialmente cuando hay menores de por medio. ¿Qué sucede con la custodia si un progenitor tiene adicciones? Esta es una pregunta que, lamentablemente, escucho con frecuencia en mi despacho de Leganés. Entiendo perfectamente la angustia y preocupación que sientes si estás atravesando esta situación, ya sea porque el otro progenitor sufre alguna adicción o porque temes que tus propias circunstancias puedan afectar a la relación con tus hijos.

Como abogado especializado en derecho de familia, he visto cómo estas situaciones pueden convertirse en verdaderos laberintos emocionales y legales. Te prometo que, a lo largo de este artículo, encontrarás respuestas claras sobre cómo la justicia española aborda estos casos y qué puedes esperar si te encuentras en esta difícil encrucijada.

El impacto de las adicciones en los procesos de custodia

Cuando hablamos de custodia y adicciones, entramos en un terreno donde el interés superior del menor siempre será la brújula que guíe cualquier decisión judicial. En mi experiencia atendiendo casos en Leganés, he comprobado que los tribunales no actúan de forma automática, sino que evalúan cada situación de manera individualizada.

Las adicciones pueden ser de diversos tipos:

  • Alcoholismo
  • Drogodependencias
  • Ludopatía
  • Adicción a medicamentos
  • Otras conductas adictivas

Lo determinante no es tanto la existencia de la adicción en sí, sino cómo esta afecta a la capacidad del progenitor para ejercer sus responsabilidades parentales. Aquí viene lo que nadie te cuenta: no todas las adicciones tienen el mismo impacto legal, ni todos los casos se resuelven de la misma manera.

¿Cómo valoran los jueces la custodia cuando hay adicciones?

Los jueces de familia en Leganés, al igual que en el resto de España, se basan en el artículo 92 del Código Civil, que establece que las medidas sobre custodia deben adoptarse siempre en beneficio de los hijos. Cuando existe una adicción, el tribunal evaluará:

Gravedad y control de la adicción

No es lo mismo un consumo ocasional que una dependencia severa. Tampoco tiene el mismo tratamiento legal una adicción controlada bajo tratamiento médico que una que provoca conductas impredecibles o peligrosas. En mi despacho he visto cómo progenitores que demostraban estar siguiendo un tratamiento efectivo han podido mantener regímenes de visitas supervisados.

Impacto en la vida cotidiana del menor

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¿La adicción impide atender adecuadamente las necesidades básicas del niño? ¿Afecta a su seguridad física o emocional? ¿Interfiere con rutinas esenciales como la alimentación, el descanso o la educación? Estos son aspectos fundamentales que el juez valorará.

Informes periciales y pruebas

Las pruebas sobre la adicción juegan un papel crucial. Los informes de psicólogos, trabajadores sociales o médicos especialistas suelen ser determinantes. Como abogado que ha gestionado decenas de casos de custodia en Leganés, siempre recomiendo recopilar documentación objetiva que respalde la situación real.

Posibles escenarios cuando un progenitor sufre adicciones

Cuando nos preguntamos qué ocurre con la custodia en casos de adicción parental, debemos considerar varios escenarios posibles:

Custodia exclusiva para el progenitor no adicto

Es la solución más habitual cuando la adicción es grave y no está controlada. El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 4/2018 de 10 de enero, ha establecido que la protección del menor prevalece sobre el derecho del progenitor a mantener relaciones con sus hijos cuando existen riesgos objetivos.

Régimen de visitas supervisado

En casos menos graves o cuando existe un proceso de rehabilitación, el juez puede establecer un régimen de visitas supervisadas, ya sea por familiares o en puntos de encuentro familiar. Esta solución busca mantener el vínculo paterno-filial mientras se protege al menor.

Suspensión temporal de la relación

En situaciones extremas donde la seguridad del menor está en riesgo, el juez puede suspender temporalmente las visitas hasta que el progenitor demuestre avances significativos en su recuperación. Veamos por qué este detalle marca la diferencia: no se trata de una medida punitiva, sino preventiva y revisable.

¿Cómo demostrar una adicción en un proceso de custodia?

Si estás preocupado por cómo afecta una adicción a la custodia de los hijos, debes saber que las pruebas son fundamentales. En mi experiencia en casos de familia en Leganés, he comprobado que los tribunales requieren evidencias sólidas:

  • Informes médicos o psicológicos
  • Denuncias previas por conductas relacionadas con la adicción
  • Testimonios de testigos (familiares, vecinos, profesores)
  • Pruebas toxicológicas
  • Informes de servicios sociales

La Audiencia Provincial de Madrid, en numerosas resoluciones como la SAP Madrid 22/2020 de 10 de enero, ha establecido que las meras sospechas o acusaciones sin respaldo probatorio no son suficientes para modificar regímenes de custodia.

La rehabilitación como camino para recuperar la custodia

Si eres el progenitor que lucha contra una adicción, debes saber que las decisiones sobre custodia cuando hay problemas de adicción no son necesariamente definitivas. El sistema judicial español contempla la posibilidad de modificar las medidas cuando cambian las circunstancias.

En mi despacho de Leganés he acompañado a padres y madres que, tras un proceso serio de rehabilitación, han logrado recuperar gradualmente el contacto con sus hijos. El camino suele incluir:

  1. Tratamiento médico o psicológico documentado
  2. Periodos prolongados de abstinencia demostrable
  3. Informes favorables de los profesionales que supervisan la recuperación
  4. Adaptación progresiva del régimen de visitas

La jurisprudencia española, como refleja la STS 565/2016 de 27 de septiembre, reconoce que el interés del menor incluye mantener relación con ambos progenitores siempre que las circunstancias lo permitan de forma segura.

Preguntas frecuentes sobre custodia y adicciones

¿Se pierde automáticamente la custodia por tener una adicción?

No. Los tribunales evalúan cada caso individualmente, considerando el tipo de adicción, su gravedad, si está en tratamiento y, sobre todo, cómo afecta a la capacidad para cuidar adecuadamente de los hijos. Lo determinante es el impacto real en el bienestar del menor, no la adicción en sí misma.

¿Puedo solicitar pruebas toxicológicas al otro progenitor?

Sí, es posible solicitar al juez que ordene pruebas toxicológicas como parte del proceso de custodia. Sin embargo, estas solicitudes deben estar fundamentadas en indicios razonables, no en meras sospechas o como estrategia para desacreditar al otro progenitor.

¿Qué ocurre si el progenitor adicto incumple el tratamiento?

El incumplimiento del tratamiento puede considerarse un cambio de circunstancias que justifique la modificación de las medidas de custodia o visitas. En estos casos, es fundamental documentar adecuadamente estos incumplimientos y solicitar al juzgado la revisión de las medidas establecidas.

Conclusión: proteger a los menores sin romper vínculos

Cuando nos enfrentamos a situaciones donde la custodia se ve afectada por adicciones de un progenitor, el equilibrio entre protección y mantenimiento de vínculos familiares es delicado. Como abogado especializado en derecho de familia, he visto tanto el dolor de quien teme por la seguridad de sus hijos como la angustia de quien lucha por no perder el contacto con ellos mientras batalla contra sus propios demonios.

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Si estás atravesando esta situación en Leganés, recuerda que no estás solo. Cada caso es único y merece un análisis personalizado que tenga en cuenta todas sus particularidades. Te invito a buscar asesoramiento legal especializado que te ayude a navegar este complejo proceso, siempre poniendo el bienestar de los menores en el centro de cualquier decisión.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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