¿Puedo tramitar modificación de medidas de mutuo acuerdo?

¿Estás considerando modificar las medidas establecidas en tu divorcio de mutuo acuerdo? No estás solo. Como abogado especializado en derecho de familia en Leganés, he visto cómo las circunstancias cambian con el tiempo y lo que una vez fue un acuerdo adecuado, ahora necesita ajustes. Entiendo que enfrentarse nuevamente a trámites legales puede resultar abrumador, pero te aseguro que el proceso de modificación de medidas por mutuo acuerdo es más sencillo de lo que imaginas. En este artículo te explicaré todo lo que necesitas saber para tramitar estos cambios de forma eficiente, protegiendo tus intereses y los de tu familia en Leganés.

¿Qué es la modificación de medidas de mutuo acuerdo?

La modificación de medidas por mutuo acuerdo es un procedimiento legal que permite a los ex cónyuges cambiar las condiciones establecidas en su convenio regulador o sentencia de divorcio cuando ambas partes están de acuerdo con los cambios propuestos. Como un traje que se ha quedado pequeño, las medidas iniciales pueden necesitar ajustes cuando cambian las circunstancias personales, económicas o familiares.

En mi experiencia como abogado de divorcios en Leganés, he comprobado que este tipo de modificaciones consensuadas siempre resultan menos traumáticas y más rápidas que las contenciosas, además de ser considerablemente más económicas.

¿Puedo tramitar la modificación de medidas si ambos estamos de acuerdo?

Absolutamente sí. No solo puedes, sino que es la vía más recomendable. El artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece específicamente este procedimiento cuando existe acuerdo entre las partes. La modificación de mutuo acuerdo es como un apretón de manos legal: ambos reconocéis que las circunstancias han cambiado y acordáis nuevas condiciones que se adapten mejor a vuestra realidad actual.

Requisitos fundamentales para la modificación

  • Existencia de cambios sustanciales en las circunstancias
  • Acuerdo entre ambos ex cónyuges sobre las nuevas medidas
  • Que las modificaciones no perjudiquen a los hijos ni a terceros
  • Que las nuevas medidas respeten el interés superior del menor (si hay hijos)

Pasos para tramitar una modificación de medidas por mutuo acuerdo

Cuando alguien llega al despacho en Leganés preguntando cómo modificar medidas de divorcio consensuadamente, siempre les explico que el proceso es similar al de un divorcio amistoso, pero generalmente más rápido. Veamos los pasos esenciales:

1. Negociación y redacción del nuevo convenio

El primer paso consiste en negociar y redactar un nuevo convenio regulador que recoja todas las modificaciones acordadas. Este documento debe ser claro, detallado y contemplar todos los aspectos que queréis cambiar: custodia, régimen de visitas, pensiones, uso de vivienda, etc.

2. Presentación de la demanda conjunta

Una vez redactado el convenio, se presenta una demanda conjunta ante el Juzgado de Primera Instancia de Leganés que conoció del divorcio original. La demanda debe ir firmada por ambos ex cónyuges y sus respectivos abogados y procuradores (aunque en algunos casos podéis compartir procurador).

3. Ratificación ante el juez

Tras la presentación, el juzgado os citará para la ratificación del acuerdo. Este es un trámite sencillo donde ambos confirmaréis ante el juez que estáis de acuerdo con las modificaciones propuestas. Si hay hijos menores, intervendrá también el Ministerio Fiscal para garantizar que sus derechos están protegidos.

4. Sentencia aprobatoria

Si todo está en orden, el juez dictará sentencia aprobando las nuevas medidas, que pasarán a ser ejecutivas desde ese momento.

¿Qué aspectos puedo modificar en un procedimiento de mutuo acuerdo?

Prácticamente cualquier medida establecida en el convenio regulador original puede ser objeto de modificación. Las más habituales que tramitamos en nuestro despacho de Leganés son:

  • Régimen de guarda y custodia (pasar de exclusiva a compartida o viceversa)
  • Pensión de alimentos (aumento o reducción según cambios económicos)
  • Régimen de visitas (adaptación a nuevos horarios laborales o necesidades)
  • Uso de la vivienda familiar (cambio de titular o limitación temporal)
  • Pensión compensatoria (modificación, extinción o temporalización)

Desde mi experiencia en casos de modificación de medidas por mutuo acuerdo, siempre recomiendo ser especialmente cuidadosos con los cambios que afectan directamente a los menores, priorizando siempre su bienestar emocional y estabilidad.

Ventajas de tramitar la modificación de medidas de mutuo acuerdo

Optar por la vía consensuada para modificar las medidas de tu divorcio ofrece numerosas ventajas. Aquí viene lo que nadie te cuenta pero que marca una gran diferencia:

  • Mayor rapidez: El procedimiento suele resolverse en 1-3 meses, frente a los 8-12 meses de un proceso contencioso
  • Menor coste económico: Ahorro significativo en gastos legales
  • Menor desgaste emocional: Evita enfrentamientos y preserva una relación cordial
  • Mayor control sobre el resultado: Las decisiones las tomáis vosotros, no un juez
  • Flexibilidad: Podéis diseñar soluciones a medida de vuestra situación particular

Como señala la jurisprudencia, específicamente la Sentencia del Tribunal Supremo 508/2011 de 27 de junio, los acuerdos entre los progenitores deben ser el principal instrumento para ordenar las relaciones tras la ruptura, siempre que no perjudiquen el interés de los menores.

Casos prácticos: Modificaciones habituales en Leganés

Para ilustrar mejor cómo funciona este proceso, permíteme compartir algunos casos reales (con nombres modificados) que hemos gestionado en nuestro despacho:

Caso de María y Alberto: Cambio a custodia compartida

Tras tres años de custodia exclusiva materna, ambos acordaron pasar a un régimen de custodia compartida por semanas alternas cuando el padre consiguió un horario laboral más flexible. Modificamos también la pensión de alimentos, estableciendo un fondo común para gastos extraordinarios. El proceso se completó en apenas 45 días.

Caso de Javier y Elena: Reducción de pensión alimenticia

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Debido a un cambio sustancial en la situación económica de Javier (pérdida de empleo), ambos acordaron una reducción temporal de la pensión alimenticia con un mecanismo de actualización automática vinculado a sus ingresos futuros. El juzgado de Leganés aprobó el acuerdo reconociendo su sensatez y previsión.

Preguntas frecuentes sobre la modificación de medidas por mutuo acuerdo

¿Es obligatorio contratar abogado para tramitar una modificación de mutuo acuerdo?

Sí, la ley exige que cada parte cuente con su propio abogado, aunque podéis compartir procurador. Esto garantiza que ambos entendéis plenamente el alcance de las modificaciones y que vuestros derechos están protegidos. El artículo 750 de la LEC establece esta obligatoriedad en procedimientos de familia.

¿Qué ocurre si después de presentar la demanda conjunta uno de nosotros cambia de opinión?

Si el desacuerdo surge antes de la ratificación judicial, el procedimiento de mutuo acuerdo se archivará y tendréis que iniciar un procedimiento contencioso. Si ocurre después de la sentencia, las medidas aprobadas son ejecutivas y deberán cumplirse, salvo que iniciéis un nuevo procedimiento de modificación.

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¿Cuánto tiempo tarda en resolverse una modificación de medidas de mutuo acuerdo en Leganés?

En los juzgados de Leganés, el tiempo medio oscila entre 1 y 3 meses desde la presentación de la demanda hasta la sentencia firme. Este plazo es significativamente menor que el de un procedimiento contencioso, que puede extenderse hasta un año o más.

Conclusión: La vía consensuada como mejor opción

Tramitar una modificación de medidas de mutuo acuerdo no solo es posible, sino altamente recomendable. Representa la solución más eficiente, económica y menos traumática para adaptar vuestro convenio regulador a las nuevas circunstancias. Como en tantos aspectos de la vida, el diálogo y el consenso siempre ofrecen mejores resultados que el enfrentamiento.

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Si estás pensando en modificar las medidas de tu divorcio en Leganés y ambos estáis dispuestos a negociar, no dudes en dar el paso. Te ayudamos a gestionar todo el proceso de forma clara y protegiendo los intereses de todos los implicados, especialmente de los menores. Contacta con nosotros en Leganés y te orientaremos desde el primer momento para que esta nueva etapa comience con buen pie.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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