¿Puedo modificar uso de vivienda cuando hijo cumple 18?

La mayoría de padres y madres separados en Leganés me preguntan: ¿Puedo modificar el uso de vivienda cuando mi hijo cumple 18 años? Entiendo perfectamente esta inquietud. Después de años cumpliendo con una atribución del domicilio familiar establecida en el divorcio, es natural preguntarse si la mayoría de edad de los hijos supone un punto de inflexión. Como abogado especializado en derecho de familia, te ofrezco una guía completa para navegar esta situación tan común pero llena de matices legales.

¿Es posible modificar la atribución de vivienda familiar al cumplir el hijo 18 años?

La respuesta corta es sí, es posible solicitar una modificación del uso de la vivienda familiar cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, pero no es automático ni garantizado. En mi experiencia asesorando a familias en Leganés, he comprobado que cada caso tiene sus particularidades y la resolución dependerá de diversos factores.

El artículo 96 del Código Civil establece que el uso de la vivienda familiar corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden. Sin embargo, este artículo está pensado principalmente para proteger a los menores de edad. Cuando los hijos cumplen 18 años, la situación jurídica cambia sustancialmente.

Fundamentos legales para solicitar el cambio

Para solicitar una modificación del uso de vivienda, debemos basarnos en el artículo 91 del Código Civil, que permite la modificación de medidas cuando se producen alteraciones sustanciales en las circunstancias. La mayoría de edad de los hijos constituye, sin duda, un cambio significativo en la situación familiar.

El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 624/2011 de 5 de septiembre, ha establecido que «la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad es una manifestación del principio del interés del menor, que no se extingue por la mayoría de edad».

Factores que determinan si puedes recuperar la vivienda cuando tu hijo cumple 18 años

Cuando me consultan en mi despacho de Leganés sobre la modificación del uso de vivienda tras la mayoría de edad, siempre analizo estos factores determinantes:

  • Independencia económica del hijo: Si el hijo mayor de edad tiene ingresos propios y capacidad para independizarse.
  • Situación de estudios: Si continúa formándose y depende económicamente de sus padres.
  • Existencia de pensión de alimentos: Si persiste la obligación de alimentos para hijos mayores.
  • Titularidad de la vivienda: Si es privativa de uno de los cónyuges o ganancial.
  • Situación económica de ambos progenitores: Capacidad para proporcionar otra vivienda.

Como me decía un cliente recientemente: «Llevo siete años pagando la hipoteca de una casa donde no puedo vivir, mientras mi ex disfruta de ella con nuestro hijo que ya trabaja». Situaciones como esta requieren un análisis jurídico profundo para determinar si procede solicitar la modificación.

Procedimiento para solicitar la modificación del uso de vivienda

Si estás considerando modificar la atribución del domicilio familiar tras el cumplimiento de la mayoría de edad de tu hijo, estos son los pasos a seguir:

Intento de acuerdo amistoso

Siempre recomiendo a mis clientes en Leganés intentar primero un acuerdo extrajudicial. Un pacto entre las partes evita costes emocionales y económicos. Además, los jueces valoran positivamente estos intentos de resolución amistosa.

Demanda de modificación de medidas

Si no es posible el acuerdo, deberás presentar una demanda de modificación de medidas ante el Juzgado de Familia que dictó la sentencia original. Esta demanda debe fundamentarse en:

  • La mayoría de edad del hijo como cambio sustancial de circunstancias
  • La situación económica y laboral actual del hijo
  • Tu situación personal y necesidad de vivienda
  • Cualquier otro cambio relevante en las circunstancias familiares

Criterios judiciales sobre la modificación del uso de vivienda con hijos mayores

La jurisprudencia sobre modificación del uso de vivienda con hijos mayores de edad ha evolucionado significativamente. El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 624/2011 de 5 de septiembre, ha establecido que la protección del uso de la vivienda familiar para los hijos no se extingue automáticamente por la mayoría de edad.

Sin embargo, en resoluciones más recientes como la STS 181/2020 de 12 de marzo, el Alto Tribunal ha matizado que «la subsistencia de la necesidad de habitación del hijo no es suficiente para justificar la limitación de la facultad de disposición del progenitor propietario de la vivienda».

Desde mi experiencia gestionando estos casos en Leganés, observo que los tribunales tienden a valorar especialmente:

  • La independencia económica real del hijo mayor
  • La existencia de otras alternativas habitacionales
  • El perjuicio que supone para el progenitor no usuario de la vivienda
  • El tiempo transcurrido desde la atribución inicial

Situaciones especiales: hijos con discapacidad o dependencia

Un aspecto que merece especial atención es el caso de hijos mayores con discapacidad o dependencia. En estas situaciones, los tribunales suelen mantener la protección del uso de la vivienda incluso después de la mayoría de edad, equiparando su situación a la de los menores de edad.

La Ley 8/2021, que reforma la legislación civil para el apoyo a las personas con discapacidad, refuerza esta protección. Como abogado especializado, he observado que en estos casos los jueces son especialmente cautelosos antes de modificar el uso de la vivienda.

Preguntas frecuentes sobre la modificación del uso de vivienda cuando los hijos cumplen 18 años

¿La mayoría de edad de mi hijo me permite automáticamente recuperar la vivienda?

No, no es automático. Aunque la mayoría de edad es un cambio sustancial de circunstancias, deberás solicitar judicialmente la modificación y el juez valorará diversos factores, especialmente la situación económica y de dependencia real del hijo.

¿Qué ocurre si mi hijo mayor sigue estudiando?

Si tu hijo mayor de edad continúa con su formación académica y depende económicamente de sus padres, es probable que el juez mantenga la atribución del uso de la vivienda hasta que finalice su formación y pueda independizarse económicamente.

¿Puedo solicitar una compensación económica mientras no recupero la vivienda?

Sí, es posible solicitar una compensación económica por el uso de la vivienda, especialmente si eres el propietario exclusivo. El Tribunal Supremo ha reconocido este derecho en diversas sentencias como la STS 94/2018 de 20 de febrero.

Conclusión: ¿Cuándo es el momento adecuado para solicitar la modificación?

Después de asesorar a numerosas familias en Leganés sobre la modificación del uso de vivienda tras la mayoría de edad de los hijos, mi recomendación es valorar cuidadosamente el momento adecuado para solicitarla. No se trata solo de que el hijo cumpla 18 años, sino de analizar su situación real de independencia.

Si estás considerando dar este paso, te sugiero que busques asesoramiento legal especializado que analice las particularidades de tu caso. En mi despacho de Leganés ofrecemos una primera consulta para evaluar las posibilidades reales de éxito de tu solicitud y diseñar la estrategia más adecuada para proteger tus intereses.

Quizás también te interese:  ¿Puedo aumentar régimen de visitas si mejoro mi situación?

Recuerda que cada caso es único y que la experiencia de un profesional puede marcar la diferencia entre conseguir recuperar tu vivienda o enfrentarte a un procedimiento largo y costoso sin garantías de éxito.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

Artículos relacionados

¿Puedo reclamar parte de indemnización por despido de mi ex?

Enfrentarse a un divorcio es ya de por sí una situación complicada emocionalmente, pero cuando se mezclan aspectos económicos como ¿Puedo reclamar parte de indemnización por despido de mi ex?, la complejidad aumenta considerablemente. Entiendo perfectamente tu preocupación; en mi despacho de Leganés atiendo semanalmente

Leer más »

¿Pierdo derecho a pensión de viudedad si me divorcio?

Cuando el matrimonio llega a su fin, surgen numerosas dudas legales y económicas. Una de las más frecuentes es: ¿Pierdo derecho a pensión de viudedad si me divorcio? Entiendo perfectamente esta preocupación, pues como abogado especializado en derecho de familia en Leganés, he visto a

Leer más »

¿Debo comunicar divorcio a Seguridad Social para pensión?

¿Te encuentras en medio de un proceso de divorcio y te preguntas si debes comunicar tu divorcio a la Seguridad Social para seguir recibiendo tu pensión? Entiendo perfectamente esa sensación de incertidumbre. Después de más de 15 años como abogado especializado en derecho de familia

Leer más »

¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE?

Completa el siguiente formulario para contactar con nosotros.