¿Puedo echar de casa a mi cónyuge antes de divorcio?

Cuando una relación matrimonial llega a su punto de quiebre, surgen muchas dudas sobre los derechos que cada cónyuge tiene sobre el domicilio familiar. ¿Puedo echar de casa a mi cónyuge antes del divorcio? Es una pregunta que escucho con frecuencia en mi despacho de Leganés. Entiendo perfectamente la angustia que genera convivir bajo el mismo techo cuando la relación se ha deteriorado. Te aseguro que no estás solo en esta situación y que existen soluciones legales. A continuación, te explico todo lo que necesitas saber sobre este delicado tema.

¿Es posible expulsar a mi cónyuge del domicilio conyugal antes del divorcio?

La respuesta corta es: no puedes expulsar unilateralmente a tu cónyuge de la vivienda familiar antes de que exista una resolución judicial que lo autorice. Como abogado especializado en divorcios en Leganés, he visto muchos casos donde la convivencia se vuelve insoportable, pero la ley es clara en este aspecto.

El domicilio conyugal está protegido por el artículo 96 del Código Civil, que establece que, independientemente de quién sea el propietario, ambos cónyuges tienen derecho a residir en él hasta que un juez determine lo contrario. Es como si la casa fuera un barco en medio de una tormenta: aunque uno sea el capitán (propietario), no puede obligar al otro tripulante a saltar por la borda.

Medidas legales para separar la convivencia antes del divorcio

Aunque no puedas echar a tu cónyuge por tu cuenta, existen vías legales para solicitar el uso exclusivo de la vivienda antes de finalizar el divorcio:

  • Solicitud de medidas provisionales previas a la demanda de divorcio (art. 771 LEC)
  • Medidas provisionales dentro del procedimiento de divorcio (art. 773 LEC)
  • Orden de protección en casos de violencia doméstica (Ley 1/2004)

En mi experiencia asesorando a familias en Leganés, siempre recomiendo intentar llegar a un acuerdo amistoso antes de recurrir a medidas judiciales. A veces, una conversación mediada puede evitar un largo y costoso proceso legal.

Medidas provisionales: tu primera opción legal

Las medidas provisionales son como un salvavidas mientras se tramita el divorcio. Te permiten regular aspectos urgentes como:

  • Atribución del uso de la vivienda familiar
  • Custodia de los hijos menores
  • Régimen de visitas
  • Pensiones alimenticias y compensatorias

Para solicitarlas, necesitarás presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Leganés. El juez convocará una comparecencia donde ambas partes expondrán sus argumentos y, en pocos días, dictará un auto estableciendo quién puede usar la vivienda.

¿Cuándo puede un juez conceder el uso exclusivo de la vivienda?

El tribunal suele atribuir el uso de la vivienda basándose en estos criterios fundamentales:

  • Si hay hijos menores: se prioriza al cónyuge que obtenga la custodia (art. 96.1 CC)
  • Sin hijos menores: se concede al cónyuge con mayor necesidad de protección (art. 96.3 CC)
  • En casos de violencia: se otorga a la víctima como medida de protección

Aquí viene lo que nadie te cuenta: incluso siendo el propietario único de la vivienda, podrías perder su uso si tu cónyuge obtiene la custodia de los hijos. El Tribunal Supremo ha reiterado en numerosas sentencias, como la STS 252/2021 de 10 de mayo, que el interés del menor prevalece sobre el derecho de propiedad.

Situaciones excepcionales: violencia doméstica

En casos de violencia de género o doméstica, el panorama cambia radicalmente. Si existe riesgo para la integridad física o psicológica de algún miembro de la familia, un juez puede ordenar la salida inmediata del agresor del domicilio mediante una orden de protección (art. 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Como abogado que ha gestionado varios casos de violencia familiar en Leganés, puedo asegurar que los juzgados actúan con celeridad cuando hay indicios de maltrato, pudiendo resolver en cuestión de horas.

Alternativas a la expulsión del cónyuge de la vivienda

Si la convivencia es insostenible pero no existen motivos legales para solicitar el uso exclusivo, puedes considerar estas alternativas prácticas:

  • Acuerdo privado de uso alternativo (por semanas o meses)
  • Separación de espacios dentro de la misma vivienda
  • Alquiler de una segunda vivienda temporalmente
  • Mediación familiar para establecer normas de convivencia

Desde mi experiencia en casos de separación matrimonial, he visto cómo algunas parejas en Leganés han optado por la llamada «custodia nido», donde son los padres quienes rotan en la vivienda mientras los hijos permanecen siempre en ella. Es una solución temporal que prioriza la estabilidad de los menores.

Consecuencias legales de echar a tu cónyuge por la fuerza

Veamos por qué este detalle marca la diferencia… Expulsar a tu cónyuge del domicilio sin autorización judicial puede tener graves consecuencias legales:

  • Delito de coacciones (art. 172 del Código Penal)
  • Posible delito de abandono de familia si hay menores
  • Perjuicio en el procedimiento de divorcio posterior
  • Obligación de indemnizar por daños morales

Recuerdo el caso de Manuel (nombre ficticio), un cliente de Leganés que cambió las cerraduras mientras su esposa estaba de viaje. Acabó enfrentando una denuncia penal y el juez le impuso una multa considerable, además de perjudicar seriamente su posición en el divorcio posterior.

Preguntas frecuentes sobre la expulsión del cónyuge antes del divorcio

¿Puedo cambiar las cerraduras si la vivienda es de mi propiedad exclusiva?

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No. Aunque la vivienda sea tuya, no puedes impedir el acceso a tu cónyuge sin una resolución judicial. El matrimonio otorga a ambos el derecho de uso, independientemente de quién figure como propietario. La Audiencia Provincial de Madrid, en sentencias como la SAP M 14325/2020, ha condenado por coacciones a propietarios que impidieron el acceso a sus cónyuges.

¿Qué ocurre si abandono yo la vivienda voluntariamente?

Abandonar voluntariamente el domicilio no implica renunciar a tus derechos sobre él. Sin embargo, en la práctica, puede interpretarse como un reconocimiento tácito de que tu cónyuge tiene mayor necesidad de la vivienda. Si decides irte, es recomendable documentar que se trata de una medida temporal para evitar conflictos.

¿Cuánto tiempo tarda un juez en decidir sobre el uso de la vivienda?

En Leganés, los juzgados suelen resolver las medidas provisionales en un plazo de 1 a 3 meses, dependiendo de la carga de trabajo. En casos de violencia, las decisiones pueden tomarse en 72 horas mediante una orden de protección. Mientras tanto, ambos cónyuges mantienen el derecho a usar la vivienda.

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Conclusión: protege tus derechos sin vulnerar la ley

La respuesta definitiva a ¿puedo echar de casa a mi cónyuge antes del divorcio? es clara: necesitas una autorización judicial. La convivencia forzosa durante un proceso de separación es uno de los momentos más difíciles que he visto afrontar a mis clientes, pero saltarse los procedimientos legales solo empeorará tu situación.

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Si estás atravesando esta complicada situación en Leganés, te recomiendo buscar asesoramiento legal especializado antes de tomar cualquier decisión. Un buen abogado de familia no solo te explicará tus derechos, sino que te ayudará a encontrar la estrategia más adecuada para proteger tus intereses sin vulnerar la ley. Recuerda que cada caso es único y las circunstancias particulares pueden abrir diferentes posibilidades legales.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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