¿Puedo aumentar régimen de visitas si mejoro mi situación?

¿Estás atravesando un proceso de separación y te preguntas si puedes aumentar el régimen de visitas si mejoras tu situación? Entiendo perfectamente esa inquietud que te acompaña día y noche. Como abogado especializado en derecho de familia en Leganés, he visto cómo muchos padres y madres luchan por pasar más tiempo con sus hijos tras una ruptura. La buena noticia es que sí, existen posibilidades reales de modificar el régimen establecido cuando se producen cambios significativos en tu vida. En este artículo te explicaré todas las claves para entender cuándo y cómo puedes solicitar una ampliación de visitas.

¿En qué casos puedo solicitar un aumento del régimen de visitas?

La modificación del régimen de visitas no es algo que pueda realizarse por simple voluntad. En mi experiencia asesorando a familias en Leganés, he comprobado que los tribunales exigen cambios sustanciales en las circunstancias que justifiquen la revisión del convenio regulador. Estos cambios deben ser:

  • Relevantes y significativos
  • Posteriores a la sentencia original
  • Permanentes (no temporales)
  • Ajenos a la voluntad de quien solicita el cambio

El artículo 91 del Código Civil establece que las medidas adoptadas en los procedimientos de separación y divorcio pueden ser modificadas cuando se alteren sustancialmente las circunstancias. Esta es la puerta legal que permite plantear un aumento de visitas cuando mejora tu situación personal.

Mejoras en tu situación que pueden favorecer la ampliación de visitas

¿Te preguntas qué tipo de cambios pueden considerarse suficientes para ampliar el tiempo con tus hijos? Aquí tienes los más relevantes:

Estabilidad laboral y horarios compatibles

Uno de los factores que más peso tiene es haber conseguido un trabajo estable con horarios que permitan una mejor atención a los menores. Si antes trabajabas a turnos o con horarios incompatibles y ahora dispones de más tiempo libre, especialmente en fines de semana o vacaciones escolares, tienes un argumento sólido.

Mejora en la situación de vivienda

Contar con una vivienda adecuada, con espacio suficiente para que los niños tengan su propia habitación, en un entorno seguro y cercano al colegio o a la residencia del otro progenitor, puede ser determinante. Como suelo decir a mis clientes en Leganés, «un hogar estable es el primer paso para construir una rutina familiar sólida».

Superación de problemas personales

Si en el pasado existieron problemas de adicciones, salud mental o conductas inapropiadas que limitaron tu régimen de visitas, demostrar su superación mediante informes profesionales puede abrir la puerta a una ampliación. Los tribunales valoran enormemente el esfuerzo personal por mejorar.

¿Cómo solicitar la ampliación del régimen de visitas si he mejorado mi situación?

El camino para modificar el régimen establecido puede seguir dos vías principales:

Acuerdo amistoso con el otro progenitor

Siempre que sea posible, lo ideal es intentar llegar a un acuerdo. Aquí viene lo que nadie te cuenta: muchas veces, una conversación sincera mostrando las mejoras en tu situación y cómo beneficiarán a los niños puede abrir puertas que parecían cerradas. Si ambos progenitores están de acuerdo, pueden modificar el convenio regulador de forma amistosa, presentándolo ante el juzgado para su aprobación.

Procedimiento judicial de modificación de medidas

Cuando el diálogo no es posible, será necesario iniciar un procedimiento judicial de modificación de medidas. En este caso, deberás:

  • Presentar una demanda detallando los cambios en tu situación
  • Aportar pruebas documentales que acrediten la mejora (contratos laborales, informes médicos, etc.)
  • Proponer testigos que puedan corroborar tu nueva situación
  • Solicitar, si es necesario, informes periciales psicosociales

Desde mi experiencia en casos de modificación de medidas, siempre recomiendo preparar un dossier completo que no deje lugar a dudas sobre las mejoras conseguidas y cómo estas favorecen el interés superior del menor.

Factores que los jueces valoran para aumentar el régimen de visitas

Los tribunales no solo evalúan tus mejoras personales, sino que ponen el foco en cómo estas benefician a los menores. Veamos por qué este detalle marca la diferencia:

  • La edad de los hijos y sus necesidades específicas
  • La relación afectiva existente entre el progenitor y los menores
  • La opinión de los hijos (especialmente a partir de los 12 años)
  • La proximidad de los domicilios y centros escolares
  • La capacidad de ambos progenitores para cooperar

La jurisprudencia del Tribunal Supremo, como la sentencia STS 4861/2019 de 29 de noviembre, ha establecido que cualquier decisión sobre el régimen de visitas debe atender primordialmente al interés del menor, por encima de las pretensiones de los progenitores.

Errores que debes evitar al solicitar más tiempo con tus hijos

Cuando buscas ampliar el régimen de visitas tras mejorar tu situación, hay algunos errores comunes que pueden perjudicar tu caso:

Utilizar a los hijos como mensajeros

Involucrar a los menores en el conflicto o utilizarlos para transmitir mensajes al otro progenitor es una práctica que los jueces penalizan severamente. Los niños nunca deben sentirse en medio de una batalla.

Criticar al otro progenitor

Las descalificaciones hacia el otro progenitor, ya sea directamente o a través de las redes sociales, pueden volverse en tu contra. Como suelo decir a mis clientes, «cada palabra negativa sobre el otro padre es una piedra en el camino de tu ampliación de visitas».

Quizás también te interese:  ¿Cuánto tiempo debe pasar para solicitar modificación de medidas?

Presentar solicitudes prematuras

Si las mejoras en tu situación son muy recientes, es recomendable esperar un tiempo prudencial para demostrar su estabilidad. Los cambios deben ser consolidados, no temporales.

Preguntas frecuentes sobre la ampliación del régimen de visitas

¿Cuánto tiempo debe pasar para solicitar una modificación del régimen?

No existe un plazo mínimo establecido por ley, pero la jurisprudencia suele exigir que haya transcurrido tiempo suficiente para demostrar que los cambios son estables. En general, se recomienda esperar al menos 6-12 meses desde que se produjo la mejora en tu situación.

¿Puedo solicitar la custodia compartida si antes tenía un régimen de visitas limitado?

Sí, es posible dar ese salto si las mejoras en tu situación son significativas. Sin embargo, los tribunales suelen ser cautelosos y pueden optar por un aumento gradual del régimen antes de conceder la custodia compartida, especialmente si anteriormente existían limitaciones importantes.

¿Qué pasa si el otro progenitor se opone sistemáticamente a ampliar las visitas?

Si existe una oposición injustificada y persistente a cumplir con el régimen establecido o a considerar su ampliación, puede considerarse un incumplimiento del deber de facilitar la relación del menor con ambos progenitores. En casos graves, esto podría incluso llevar a una modificación de la custodia.

Conclusión: El camino hacia una mayor presencia en la vida de tus hijos

Mejorar tu situación personal y profesional puede ser, efectivamente, la llave para aumentar el tiempo que pasas con tus hijos. Sin embargo, este proceso requiere paciencia, constancia y una estrategia legal adecuada. Como abogado de familia en Leganés, he visto cómo muchos padres y madres han conseguido ampliar significativamente su régimen de visitas tras demostrar cambios positivos en sus vidas.

Recuerda que el objetivo final siempre debe ser el bienestar de los menores. Si estás considerando solicitar una ampliación de visitas en Leganés y necesitas orientación personalizada, no dudes en contactar con un profesional que pueda evaluar tu caso concreto y guiarte en cada paso del proceso.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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