¿Puede pagarse la pensión compensatoria en un solo pago?

Cuando un matrimonio llega a su fin, las preocupaciones económicas suelen ocupar un lugar prioritario. ¿Puede pagarse la pensión compensatoria en un solo pago? Es una pregunta que escucho con frecuencia en mi despacho de Leganés. Entiendo perfectamente la ansiedad que genera la incertidumbre económica tras un divorcio; es normal querer cerrar capítulos y evitar vínculos económicos prolongados con quien fue tu pareja. En este artículo te explicaré detalladamente todas las opciones disponibles para el pago de la pensión compensatoria, incluyendo la posibilidad de realizarlo en un único abono.

¿Qué es exactamente la pensión compensatoria y cuándo se establece?

La pensión compensatoria es una medida económica contemplada en el artículo 97 del Código Civil que busca compensar el desequilibrio económico que puede sufrir uno de los cónyuges tras el divorcio. En mi experiencia como abogado de familia en Leganés, observo que muchas personas confunden esta pensión con la de alimentos, pero tienen naturalezas completamente distintas.

Esta compensación se establece cuando, tras la ruptura matrimonial, uno de los cónyuges queda en peor situación económica que la que disfrutaba durante el matrimonio. Algunos factores determinantes son:

  • Duración del matrimonio y dedicación a la familia
  • Edad y estado de salud
  • Cualificación profesional y posibilidades de acceso al empleo
  • Pérdida de derechos económicos o expectativas profesionales

Modalidades de pago de la pensión compensatoria: ¿es posible el pago único?

La respuesta directa es sí, la pensión compensatoria puede pagarse en un solo pago. El artículo 99 del Código Civil establece expresamente esta posibilidad, ofreciendo diversas modalidades para su satisfacción:

  • Pago periódico: Generalmente mensual (la forma más común)
  • Pago único: También llamado «a tanto alzado»
  • Entrega de bienes: Como inmuebles o participaciones empresariales
  • Fórmulas mixtas: Combinación de las anteriores

Cuando alguien llega a mi despacho en Leganés preguntando si puede liquidar la pensión compensatoria de una vez, siempre analizo su situación particular para determinar qué opción resulta más beneficiosa.

Ventajas de abonar la pensión compensatoria en un único pago

Liquidar la pensión compensatoria mediante un solo abono presenta numerosas ventajas para ambas partes:

Para quien la paga:

  • Elimina la obligación de pagos periódicos futuros
  • Evita posibles incumplimientos y sus consecuencias legales
  • Cierra definitivamente el vínculo económico con la ex pareja
  • Proporciona certidumbre financiera a largo plazo

Para quien la recibe:

  • Obtiene una suma importante que puede invertir o utilizar según sus necesidades
  • Elimina la incertidumbre de posibles impagos
  • Facilita la planificación económica a largo plazo
  • Evita tener que reclamar en caso de incumplimientos

Como suelo decir a mis clientes en Leganés, la pensión compensatoria en pago único es como cortar de raíz un árbol en lugar de podar sus ramas periódicamente: puede requerir un esfuerzo mayor en un momento dado, pero elimina preocupaciones futuras.

¿Cómo se calcula el importe de la pensión compensatoria en pago único?

Determinar la cuantía para satisfacer la pensión compensatoria mediante un único pago requiere un análisis detallado. No existe una fórmula matemática exacta establecida por ley, pero generalmente se consideran:

  • La cuantía mensual que correspondería
  • La duración previsible de la pensión (temporal o indefinida)
  • Factores actuariales como la esperanza de vida
  • Posibles circunstancias futuras que podrían modificar o extinguir la pensión

El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 864/2010 de 19 de enero, ha establecido que el cálculo debe ser proporcional y razonable, atendiendo a las circunstancias específicas de cada caso.

Requisitos legales para establecer el pago único de la pensión compensatoria

Para que la liquidación de la pensión compensatoria en un solo pago sea válida, deben cumplirse ciertos requisitos:

En divorcios de mutuo acuerdo:

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La forma más sencilla es incluirlo en el convenio regulador, especificando claramente:

  • El importe exacto del pago único
  • La forma y plazo de pago
  • La renuncia a reclamaciones futuras por este concepto

En divorcios contenciosos:

El juez puede establecerlo en la sentencia, aunque es menos frecuente si no hay acuerdo entre las partes. En estos casos, suele requerirse:

  • Solicitud expresa de alguna de las partes
  • Justificación de la idoneidad de esta modalidad
  • Acreditación de la capacidad económica para afrontar el pago

Desde mi experiencia en casos de pensión compensatoria, siempre recomiendo documentar minuciosamente el acuerdo para evitar problemas futuros.

Implicaciones fiscales del pago único de la pensión compensatoria

Un aspecto crucial a considerar cuando se opta por abonar la pensión compensatoria de una sola vez son las consecuencias tributarias:

  • Para quien la paga: Es deducible en el IRPF, pero al concentrarse en un solo ejercicio fiscal, puede no aprovechar completamente la ventaja fiscal
  • Para quien la recibe: Constituye rendimiento del trabajo y debe tributar por ello, lo que puede suponer un importante impacto fiscal al recibir una suma elevada en un único año

¿Quieres saber por qué esto es tan importante? En algunos casos, la carga fiscal puede hacer que esta opción resulte menos ventajosa de lo que parece a primera vista. Por ello, siempre recomiendo a mis clientes en Leganés consultar con un asesor fiscal antes de tomar la decisión.

Preguntas frecuentes sobre el pago único de la pensión compensatoria

¿Se puede modificar una pensión compensatoria periódica a pago único?

Sí, es posible modificar la modalidad de pago mediante un acuerdo entre las partes que deberá ser aprobado judicialmente. Esta modificación requiere la formalización de un nuevo convenio regulador o, en su defecto, una resolución judicial que lo autorice.

¿Qué ocurre si tras el pago único cambian las circunstancias?

Una vez satisfecha la pensión compensatoria mediante pago único, esta se considera extinguida definitivamente. Ni siquiera un cambio sustancial en las circunstancias (como un empeoramiento económico de quien la recibió o una mejora de quien la pagó) permitiría su revisión, salvo casos excepcionales de nulidad por vicio del consentimiento.

¿Es recomendable el pago único en todos los casos?

No necesariamente. La idoneidad de esta modalidad depende de múltiples factores como la capacidad económica actual, las perspectivas futuras, la edad de los cónyuges y las implicaciones fiscales. En mi despacho de Leganés analizamos cada caso individualmente para recomendar la opción más beneficiosa.

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Conclusión: ¿Conviene pagar la pensión compensatoria de una sola vez?

La posibilidad de liquidar la pensión compensatoria mediante un único pago representa una opción válida y legalmente reconocida que puede beneficiar a ambas partes. Sin embargo, no es una decisión que deba tomarse a la ligera. Requiere un análisis detallado de las circunstancias personales, económicas y fiscales.

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Si estás considerando esta opción en Leganés, te recomiendo buscar asesoramiento profesional que evalúe tu situación particular. Un buen abogado de familia podrá guiarte para tomar la decisión más adecuada, protegiendo tus intereses y asegurando que el acuerdo sea justo y sostenible a largo plazo. No dudes en contactar con un especialista que te oriente desde el primer momento en este importante paso hacia tu nueva etapa vital.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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