¿El divorcio afecta a mi pensión de viudedad futura?

Entiendo perfectamente la preocupación que genera preguntarse si el divorcio afecta a la pensión de viudedad futura. En mi experiencia como abogado especializado en divorcios en Leganés, esta es una de las consultas más frecuentes que recibo, especialmente de personas que, tras una ruptura matrimonial, se preocupan por su seguridad económica a largo plazo. Te aseguro que no eres la única persona que se enfrenta a esta incertidumbre, y hoy voy a aclararte todas las dudas sobre este tema tan importante para tu futuro.

¿Puede afectar mi divorcio a la futura pensión de viudedad?

La respuesta corta es sí, el divorcio puede afectar a tu derecho a percibir una pensión de viudedad en caso de fallecimiento de tu ex cónyuge, pero con importantes matices que debes conocer. Según el artículo 220 de la Ley General de la Seguridad Social, las personas divorciadas pueden tener derecho a esta prestación bajo determinadas circunstancias.

Como abogado que ha gestionado numerosos casos de divorcios en Leganés, siempre explico a mis clientes que la pensión de viudedad no desaparece automáticamente tras el divorcio. Es como un hilo invisible que, dependiendo de cómo se maneje la separación, puede mantenerse o cortarse definitivamente.

Requisitos para mantener el derecho a la pensión de viudedad tras un divorcio

Para que un ex cónyuge pueda acceder a la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su antigua pareja, deben cumplirse varios requisitos fundamentales:

  • Ser beneficiario de una pensión compensatoria que se extinga con el fallecimiento del ex cónyuge.
  • No haber contraído nuevas nupcias o formado una pareja de hecho.
  • En casos de separación o divorcio anteriores a 2008, no es imprescindible la pensión compensatoria.
  • En casos de violencia de género acreditada, se mantiene el derecho independientemente de otros requisitos.

La reforma introducida por la Ley 40/2007 marcó un antes y un después en esta materia. Recuerdo el caso de Marta, una clienta de Leganés que se divorció en 2006 y que, gracias a esta disposición transitoria, pudo acceder a la pensión de viudedad cuando su ex marido falleció, a pesar de no tener pensión compensatoria.

¿Cómo afecta la pensión compensatoria a mi futura viudedad?

La importancia de la redacción del convenio regulador

Uno de los aspectos más críticos que siempre señalo a mis clientes en Leganés es la redacción del convenio regulador. La forma en que se denomine y configure la pensión que recibe uno de los cónyuges puede ser determinante. Si en el convenio se establece claramente que se trata de una «pensión compensatoria» que se extingue con el fallecimiento, se mantiene la vía abierta para la futura pensión de viudedad.

Sin embargo, he visto muchos casos donde se pactan pagos temporales o indemnizaciones que, por su naturaleza jurídica, no se consideran pensiones compensatorias a efectos de la Seguridad Social, cerrando así la puerta a la futura viudedad.

El factor tiempo: duración del matrimonio

Otro elemento a considerar es la duración del matrimonio. Según establece el artículo 220.2 de la LGSS, en casos de divorcio, si hay concurrencia de beneficiarios con derecho a pensión, se garantiza el 40% de la base reguladora para el cónyuge o pareja de hecho superviviente, siempre que:

  • El matrimonio con el causante fallecido haya tenido una duración mínima de un año.
  • Existan hijos comunes.
  • El matrimonio se hubiera celebrado con menos de dos años de antelación al fallecimiento.

¿Qué ocurre con la pensión de viudedad si me divorcio y hay más beneficiarios?

Aquí viene lo que nadie te cuenta: cuando existen varios ex cónyuges con derecho a pensión de viudedad, el reparto se realiza en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido. Esto significa que, si tu ex pareja volvió a casarse, la pensión se dividirá entre tú y su cónyuge al momento del fallecimiento.

La Sentencia del Tribunal Supremo 5649/2014, de 29 de diciembre, consolidó esta interpretación, estableciendo que el reparto debe ser proporcional a los años de convivencia, incluyendo el período de matrimonio y, en su caso, el tiempo previo de convivencia acreditada.

En mi despacho de Leganés atendí el caso de Carlos, quien tras 18 años de matrimonio se divorció. Su ex esposa falleció años después, estando casada nuevamente desde hacía 5 años. La pensión se repartió proporcionalmente: aproximadamente 78% para Carlos y 22% para el viudo.

Cambios recientes en la normativa sobre pensión de viudedad y divorcio

Es fundamental mantenerse actualizado sobre los cambios legislativos en esta materia. La Ley 26/2015 introdujo modificaciones importantes, como la protección especial para víctimas de violencia de género, que mantienen su derecho a la pensión incluso sin pensión compensatoria.

Más recientemente, el Real Decreto-ley 3/2021 ha flexibilizado algunos requisitos para colectivos vulnerables, facilitando el acceso a esta prestación en determinadas circunstancias.

Desde mi experiencia con casos de divorcio y pensiones en Leganés, siempre recomiendo revisar periódicamente la situación personal, especialmente cuando se producen cambios legislativos significativos que podrían afectar a derechos futuros.

Preguntas frecuentes sobre divorcio y pensión de viudedad

¿Perderé mi derecho a la pensión de viudedad si renuncio a la pensión compensatoria?

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Sí, en general. Si renuncias a la pensión compensatoria o aceptas una indemnización en lugar de pagos periódicos, normalmente perderás el derecho a la futura pensión de viudedad. Existen excepciones para divorcios anteriores a 2008 y casos de violencia de género.

¿Qué ocurre si me vuelvo a casar después del divorcio?

Si contraes nuevo matrimonio o formas una pareja de hecho legalmente constituida, perderás el derecho a la pensión de viudedad de tu ex cónyuge, independientemente de que cumplas el resto de requisitos.

¿Puedo recuperar el derecho a la pensión de viudedad si me divorcié hace años?

Depende de cuándo te divorciaste y en qué condiciones. Para divorcios anteriores a 2008, existen disposiciones transitorias más favorables. En cualquier caso, te recomendaría una consulta personalizada para analizar tu situación específica.

Conclusión: Protege tus derechos futuros al divorciarte

Como has podido comprobar, el divorcio sí afecta a tu posible pensión de viudedad futura, pero existen mecanismos para proteger este derecho si se planifica adecuadamente. La clave está en la redacción del convenio regulador y en la configuración de las pensiones que se establezcan tras la ruptura.

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Si estás en proceso de divorcio o separación en Leganés y te preocupa cómo esto podría afectar a tus derechos futuros, no lo dejes al azar. Un asesoramiento profesional desde el principio puede marcar la diferencia entre mantener o perder derechos económicos significativos en el futuro. En mi despacho de Leganés, analizamos cada caso de forma personalizada para garantizar que todas las decisiones que tomes hoy protejan también tu mañana.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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