¿Debo acudir al acto de ratificación si hay alejamiento?

Si te encuentras con una orden de alejamiento y dudas sobre si debes acudir al acto de ratificación, entiendo perfectamente tu preocupación. Esta situación genera incertidumbre y temor, especialmente cuando las emociones están a flor de piel. Como abogado especializado en derecho de familia en Leganés, he acompañado a muchas personas en tu misma situación. Te prometo que tras leer este artículo, tendrás claridad sobre cómo actuar ante la citación judicial para ratificación cuando existe una orden de alejamiento en vigor.

¿Qué implica acudir a ratificación cuando hay una orden de alejamiento?

La pregunta sobre si debes presentarte al acto de ratificación habiendo una orden de alejamiento es más común de lo que imaginas. En mi experiencia atendiendo casos en Leganés, esta duda surge frecuentemente y con razón. El acto de ratificación es un momento procesal donde las partes confirman ante el juez su voluntad respecto a los acuerdos alcanzados, pero cuando existe una medida de protección como el alejamiento, la situación se complica.

La normativa es clara: una orden de alejamiento impide que te acerques a la persona protegida a una determinada distancia. El artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece estas medidas de protección, y su incumplimiento puede acarrear consecuencias penales graves, incluso si la razón del acercamiento es acudir a una citación judicial.

Consecuencias de no acudir a la ratificación

No presentarse a un acto de ratificación puede tener efectos importantes en tu procedimiento. Podría interpretarse como desistimiento o falta de interés, lo que podría perjudicar tus pretensiones. Sin embargo, el cumplimiento de la orden de alejamiento prevalece sobre la obligación de comparecer personalmente.

¿Cómo proceder ante la citación para ratificación con alejamiento vigente?

Lo primero que debes saber es que no estás obligado a vulnerar una orden de alejamiento para cumplir con una citación judicial. El sistema judicial está preparado para estas situaciones, aunque a veces requiere de nuestra intervención proactiva como abogados.

Como abogado que ha gestionado numerosos casos de este tipo en Leganés, siempre recomiendo seguir estos pasos:

  • Comunica inmediatamente la situación a tu abogado
  • Solicita formalmente al juzgado medidas para evitar la coincidencia
  • Prepara un escrito explicando la existencia de la orden de alejamiento
  • Adjunta copia de la resolución que establece la medida de protección

El artículo 87 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece la competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que están habituados a coordinar estos procedimientos con las medidas de protección vigentes.

Alternativas para el acto de ratificación

Los juzgados de Leganés, como en el resto de España, disponen de mecanismos para garantizar la seguridad y el cumplimiento de las órdenes de alejamiento durante las comparecencias judiciales:

  • Ratificación en días u horarios diferentes
  • Uso de salas separadas
  • Comparecencia por videoconferencia
  • Presencia policial para garantizar la distancia

La importancia de comunicar previamente la situación al juzgado

Recuerdo el caso de Carlos (nombre ficticio), un cliente de Leganés que recibió una citación para ratificar un convenio regulador mientras tenía vigente una orden de alejamiento. La angustia le llevó a plantearse no acudir, lo que habría complicado enormemente su divorcio. Intervinimos a tiempo presentando un escrito al juzgado, que organizó la comparecencia en horarios diferentes.

Aquí viene lo que nadie te cuenta: los juzgados están habituados a estas situaciones, pero necesitan conocer con antelación la existencia del alejamiento para tomar las medidas oportunas. No esperes a último momento para comunicarlo.

¿Qué ocurre si coincido accidentalmente con la otra parte?

Una preocupación legítima es qué sucedería si, a pesar de las precauciones, te encuentras con la persona protegida en las dependencias judiciales. El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 1023/2009 de 22 de octubre, ha establecido que los encuentros casuales e inevitables en contextos judiciales no constituyen automáticamente un quebrantamiento de la orden si:

  • No hay intencionalidad en el encuentro
  • Se mantiene la distancia establecida en cuanto es posible
  • No se produce comunicación ni acercamiento activo

No obstante, lo ideal es evitar completamente estas situaciones mediante la coordinación previa con el juzgado.

¿Puede mi abogado representarme en el acto de ratificación?

En determinadas circunstancias, tu abogado puede solicitar que se te exima de la comparecencia personal para la ratificación. Esto no siempre es posible, ya que algunos jueces insisten en la presencia de ambas partes, pero puede plantearse como solución cuando existe una orden de alejamiento.

Desde mi experiencia con casos de ratificación con orden de alejamiento en Leganés, he comprobado que muchos jueces son sensibles a esta problemática y pueden autorizar la ratificación mediante representación o en momentos separados.

Documentación necesaria para justificar la situación

Para solicitar medidas especiales de comparecencia, deberás aportar:

  • Copia de la resolución que establece la orden de alejamiento
  • Vigencia de la medida (fecha de inicio y finalización)
  • Distancia establecida en la orden
  • Juzgado que dictó la medida de protección

Preguntas frecuentes sobre la ratificación con orden de alejamiento

¿Puedo ser penalizado si no acudo a la ratificación por existir una orden de alejamiento?

No deberías ser penalizado si previamente has comunicado al juzgado la existencia de la orden de alejamiento y has solicitado medidas alternativas. El cumplimiento de una orden judicial de protección tiene prioridad. Sin embargo, es fundamental que esta situación se comunique formalmente y con antelación.

¿Qué ocurre si el juzgado no responde a mi solicitud de medidas especiales?

Si no recibes respuesta, insiste a través de tu abogado. En caso de urgencia, puedes presentarte en el juzgado (sin entrar a la sala donde podría estar la otra parte) y comunicar la situación al funcionario o al agente judicial. Siempre es recomendable llevar copia de la solicitud presentada y de la orden de alejamiento.

¿La orden de alejamiento impide completamente que se realice el divorcio?

En absoluto. La existencia de una orden de alejamiento no impide tramitar el divorcio, solo requiere adaptaciones procesales. De hecho, en casos de violencia de género, los procedimientos suelen agilizarse. El juzgado debe garantizar que ambas partes puedan ejercer sus derechos sin vulnerar las medidas de protección.

Conclusión: Prioriza tu seguridad y cumple con la ley

Ante la duda de si debes acudir al acto de ratificación existiendo una orden de alejamiento, la respuesta es clara: no debes vulnerar la orden de protección, pero tampoco abandonar tus derechos procesales. El sistema judicial debe proporcionarte alternativas para cumplir con ambas obligaciones.

Si te encuentras en esta situación en Leganés, no navegues solo por este complejo escenario legal. Un abogado especializado puede coordinar con el juzgado las medidas necesarias para proteger tus derechos sin incumplir la orden de alejamiento. Contacta con nosotros en Leganés y te orientaremos desde el primer momento, garantizando que tanto tu seguridad como tus derechos procesales queden plenamente protegidos.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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